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38. ¿Qué era el Sanedrín?

El Sanedrín era la Corte Suprema de la ley judía, con la misión de administrar justicia interpretando y aplicando la Torah, tanto oral como escrita. A la vez, ostentaba la representación del pueblo judío ante la autoridad romana.

De acuerdo con una antigua tradición tenía setenta y un miembros, herederos, según se suponía, de las tareas desempeñadas por los setenta ancianos que ayudaban a Moisés en la administración de justicia, más el propio Moisés. Se desarrolló, integrando representantes de la nobleza sacerdotal y de las familias más notables, posiblemente durante el periodo persa, es decir a partir del siglo V - IV

a.C. Se menciona por primera vez, aunque con el nombre de gerousía (consejo de ancianos) en tiempo del rey Antioco III de Siria (223-187 a.C.). Con el nombre de synedrion está atestiguado desde el reinado de Hircano II (63-40 a.C.). En esos momentos lo presidía el monarca asmoneo, que también era sumo sacerdote.

Herodes el Grande al comienzo de su reinado mandó ejecutar a gran parte de sus miembros - cuarenta y cinco, según Flavio Josefo (Antiquitates iudaicae 15,6)-, porque el consejo se había atrevido a recordarle los límites en los que debía moverse su poder. Los reemplazó por personajes sumisos a sus deseos. Durante su reinado, y después en tiempo de Arquelao, el Sanedrín apenas tuvo importancia.

En la época de los gobernadores romanos, también en la de Poncio Pilato, el Sanedrín ejerció de nuevo sus funciones judiciales en procesos civiles y penales, dentro del territorio de Judea. En esos momentos sus relaciones con la administración romana eran fluidas, y el relativo ámbito de autonomía que se le dejó está en consonancia con la política romana en los territorios conquistados. No obstante, lo más probable es que en esos momentos la potestas gladii, es decir, la capacidad de dictar una sentencia de muerte, estuviera reservada al gobernador romano (praefectus) que, como era lo ordinario en esos momentos, habría recibido del emperador amplios poderes judiciales, entre ellos esa potestad. Por lo tanto, el Sanedrín aunque podía entender de las causas que le eran propias no podía condenar a nadie a muerte.

La reunión de sus miembros durante la noche para interrogar a Jesús no fue sino una investigación preliminar para perfilar las acusaciones que merecían la pena capital para presentarlas, a la mañana siguiente, en contra de Jesús en el proceso ante el prefecto romano.

Bibliografía

Joachim GNILKA, Jesús de Nazaret. Mensaje e historia (Herder, Barcelona 1993); Antonio RODRÍGUEZ CARMONA, La religión judía. Historia y teología, (B.A.C., Madrid 2001)

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